La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dio un giro decisivo a un caso que había generado debate sobre la responsabilidad penal de los médicos en Colombia.
La Corte revocó la condena impuesta a un pediatra hemato-oncólogo y lo absolvió por homicidio culposo, en relación con la muerte de una bebé de veinte meses en Neiva (Huila), quien recibía quimioterapia por leucemia linfoblástica aguda.
Contexto del caso y condena inicial
El hecho ocurrió cuando la menor fue administrada con un medicamento que no correspondía al recetado, situación que desencadenó su fallecimiento.
Inicialmente, el Juzgado 1° Penal del Circuito de Neiva condenó al especialista a 30 meses y 12 días de prisión, sentencia que luego fue ratificada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Neiva. Ante este fallo, la defensa del médico interpuso un recurso extraordinario de casación, que llevó el caso ante la Corte Suprema.
Evaluación de la responsabilidad penal médica
En su análisis, la Sala de Casación Penal unificó criterios sobre la responsabilidad penal médica y precisó los elementos esenciales para casos similares.
Entre los aspectos evaluados, los magistrados determinaron el riesgo creado, el resultado de la conducta, el nexo causal entre la acción del profesional y el desenlace, y el cumplimiento de la lex artis.
Principio de confianza y deber de cuidado
La Corte concluyó que el médico no incumplió su deber de cuidado durante la administración del medicamento, fundamentándose en el principio de confianza: “No tenía ninguna razón para dudar o cuestionar que lo que estaba aplicando no era dexametasona, sino vincristina”.
Además, resaltó que, aun considerando su formación en medicina general y especializada en hemato-oncología pediátrica, era imposible prever que se concretaría un desenlace fatal bajo las circunstancias presentadas.
Implicaciones y precedentes del fallo
El fallo también enfatiza que el pediatra desplegó todas las acciones urgentes para evitar la materialización del resultado, cumpliendo con su deber objetivo de cuidado. Según la Corte, los juzgadores de instancia no valoraron de manera correcta las pruebas presentadas en el juicio oral, lo que llevó a atribuirle responsabilidad penal de manera indebida.
Este pronunciamiento de la Corte Suprema no solo absuelve al especialista, sino que además establece pautas claras sobre cómo deben interpretarse los deberes médicos en contextos complejos, reforzando la importancia de la formación profesional, la actuación dentro de protocolos clínicos y el principio de confianza entre los miembros de un equipo médico.
La actuación del médico se consideró ajustada a protocolos y estándares de cuidado.













