Secretario de movilidad de Zipaquirá debe retractarse por lo dicho contra el Concejal Rojas

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“El concejal había instaurado acción de tutela solicitando el amparo de sus derechos fundamentales al buen nombre, a la honra y al debido proceso”.

Guillermo Gaitán, Secretario de Transporte y Movilidad de Zipaquirá.


ZIPAQUIRÁ, CUNDINAMARCA.


El Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento de Zipaquirá, en segunda instancia, revocó el fallo del pasado 26 de noviembre, proferido por el Juzgado Cuarto Penal Municipal con Función de Garantías de Zipaquirá, que negó el amparo de los derechos fundamentales del concejal Fabián Mauricio Rojas García.

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El 9 de noviembre del año pasado, el concejal instauró acción de tutela solicitando el amparo de sus derechos fundamentales al buen nombre, a la honra y al debido proceso, que considera le fueron vulnerados por Guillermo Gaitán Nieto, como secretario de Transito y Movilidad de Zipaquirá, debido a que en sesión de control político adelantada por la Corporación el 20 de octubre pasado, Gaitán Nieto, lo acusó de generar actos de agresión y violencia, con los comentarios que publica en redes sociales. Con base en lo anterior el abogado de Rojas García, solicitó se ordene al Secretario de Movilidad, retractarse de las aseveraciones realizadas en su contra.

Con base en lo anterior, en el fallo del Juzgado Primero Penal del Circuito en la parte resolutiva dice que: “En consecuencia, en el presente caso si se advierten vulnerados los derechos fundamentales del accionante, por cuanto las manifestaciones de Guillermo Arturo Gaitán Nieto, Secretario de Transporte y Movilidad de Zipaquirá, no cuenta con sustento factico, del cual razonadamente se pueda inferir que las publicaciones en redes sociales del accionante generan violencia y agresiones hacia él o los demás funcionarios de la Secretaría que dirige”.

Siendo así, se revocó el fallo de primera fecha 26 de noviembre de 2018, proferido por el Juzgado Cuarto Penal Municipal, y en su lugar se ordenó que el Secretario de Transporte y Movilidad de Zipaquirá, dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la notificación del fallo, se retracte en el mismo escenario y con el mismo alcance de las manifestaciones realizadas en contra del Fabián Rojas, durante la sesión del Concejo Municipal de fecha 12 de octubre de 2018.

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“(…) en el presente caso sí se advierten vulnerados los derechos fundamentales del accionante, por cuanto las manifestaciones del Secretario de Transporte y Movilidad de Zipaquirá, no cuenta con sustento factico (…).”.

Etiquetas: Cundinamarca Zipaquirá

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